Tenemos un equipo técnico y profesional para todos los trabajos en obra , propio de Diseño, Construcción y Reformas en Córdoba, que le prestará todos los servicios necesarios para proyectar y ejecutar todo tipo de reformas en su comunidad o edificio.
Con Reformas Herbesco la comunidad de propietarios no tiene que preocuparse de nada, nuestro servicio integral de rehabilitaciones se encarga de todo.: proyecto, licencias, mediciones, presupuesto, decoración, trámites para subvenciones (Junta de Andalucía y Ayuntamiento). Todo sin coste adicional al presupuesto, este será siempre gratuito y sin compromiso.
Nuestros servicios para reforma de comunidades son:
NOTA INFORMATIVA ITE PARA CORDOBA:
Artículo 9.- Forma y plazo de presentación de la documentación relativa a la
Inspección Técnica de la Edificación.
1. El informe de Inspección Técnica de la Edificación, visado por el/los Colegio/s Oficial/es correspondiente/s, deberá presentarse en el Registro General de Entradas de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, acompañado de la Ficha Técnica de la Edificación y del Compromiso de Ejecución y Conclusión Final, conforme a los modelos recogidos en el Anexo de la presente Ordenanza, en soporte informático.
2. El primer informe de Inspección Técnica de la Edificación deberá presentarse dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 50 años de antigüedad.
3. Al objeto de graduar la obligación a la entrada en vigor de esta Ordenanza, se establece que en los casos de edificios que superen dicha antigüedad, los plazos serán:
a) En los edificios protegidos o que a la entrada en vigor de esta Ordenanza tengan más de 100 años de antigüedad, 1 año.
b) En los edificios que a la entrada en vigor de esta Ordenanza tengan más de 75 años de
antigüedad, 2 años.
c) En los edificios que a la entrada en vigor de esta Ordenanza tengan más de 50 años de
antigüedad, 3 años.
4. El informe de Inspección Técnica de la Edificación deberá renovarse periódicamente, dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurrido 10 años desde la fecha en la que se presentó el anterior, acompañado de Ficha Técnica y Compromiso de Ejecución y Conclusión Final debidamente actualizados. No obstante, en el caso de obtención de licencia de ocupación por la ejecución de obras de reforma y rehabilitación general que afecten a la edificación completa, el plazo de renovación del informe de Inspección Técnica de la Edificación será de 25 años, que comenzará a contar a patir de la fecha de terminación de las referidas obras.